Normas de procedimiento administrativo Artículo 93 Provincia de Buenos Aires
Normas de procedimiento administrativo Buenos Aires
Artículo 93.
Cuando hubiere vencido el plazo establecido para resolver la revocatoria y la Administración guardare silencio, el interesado podrá recurrir directamente ante el órgano superior para que se avoque al conocimiento y decisión del recurso.
Provincia de Buenos Aires Artículo 93 Normas de procedimiento administrativo
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 397. SUSTITUCION O AMPLIACION DE OTROS MEDIOS PROBATORIOS Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 73. TRANSACCION - CONCILIACION - DESISTIMIENTO - CADUCIDAD DE INSTANCIA Código Fiscal Buenos Aires Artículo 320. Ley de Agricultura Familiar Misiones Artículo 13. Código Procesal Penal Chubut Artículo 341. SentenciaPublique la información de sí mismo
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