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Modificación del Presupuesto de la administración nacional para el ejercicio 2020 Artículo 7 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Modificación del Presupuesto de la administración nacional para el ejercicio 2020 Nacional
Artículo 7.

Dispónese que durante el año 2020 las futuras suscripciones de títulos públicos denominados en dólares estadounidenses a emitirse bajo ley de la República Argentina por hasta la suma máxima de valor nominal dólares estadounidenses mil quinientos millones (V.N. u$s 1.500.000.000) puedan realizarse con los instrumentos de deuda pública denominados en pesos que determine el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera. Tales instrumentos serán tomados al valor técnico calculado a la fecha de liquidación de cada una de las colocaciones que se realicen en el marco de las normas de procedimientos aprobadas por la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del ex Ministerio de Hacienda y sus modificatorias, y conforme lo determinen ambas secretarías. Dichas operaciones no estarán alcanzadas por las disposiciones del artículo 65 de la ley 24.156, de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional y sus modificaciones.



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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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