Marco normativo al que deberá ajustarse el funcionamiento de los catastros territoriales pertenecientes a las diversas jurisdicciones del país. Finalidades de los catastros territoriales. Estado parcelario, constitución y verificación. Determinación de ot (Normas aplicables a los catastros territoriales de las distintas jurisdicciones del país) Nacional
Marco normativo al que deberá ajustarse el funcionamiento de los catastros territoriales pertenecientes a las diversas jurisdicciones del país. Finalidades de los catastros territoriales. Estado parcelario, constitución y verificación. Determinación de ot Nacional
- Artículo 1. Los catastros de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son...
- Artículo 2. Las leyes locales designarán los organismos que tendrán a su cargo los...
- Artículo 3. El poder de policía inmobiliario catastral comprende las siguientes...
- Artículo 4. A los efectos de esta ley, denomínase parcela a la representación de la cosa...
- Artículo 5. Son elementos de la parcela: I. Esenciales: a) La ubicación...
- Artículo 6. La determinación de los estados parcelarios se realizará mediante actos de...
- Artículo 7. El estado parcelario quedará constituido por la registración en el organismo...
- Artículo 8. Con posterioridad a la determinación y constitución del estado parcelario en...
- Artículo 9. La verificación de subsistencia de estados parcelarios se realizará mediante...
- Artículo 10. Los objetos territoriales legales que no constituyen parcelas conforme el...
- Artículo 11. El estado parcelario se acreditará por medio de certificados que expedirá el...
- Artículo 12. En los actos por los que se constituyen, transmiten, declaren o modifiquen...
- Artículo 13. A los efectos de las inscripciones de los actos citados en el artículo 12...
- Artículo 14. Los organismos catastrales de cada jurisdicción tendrán a su cargo la...
- Artículo 15. Créase el Consejo Federal del Catastro, el que estará integrado por todos...
- Artículo 16. Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán a través del...
- Artículo 17. Las normas pertinentes referidas a la constitución del estado parcelario y...
- Artículo 18. Esta ley es complementaria del Código Civil.
- Artículo 19. Deróganse las Leyes 20.440, 21.848 y 22.287.
- Artículo 20. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL...
Otras regulaciones
Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados Aprobación de Resoluciones de la Junta de Gobernadores del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Aprobación del Acuerdo con el Gobierno de la República de Croacia sobre Cooperación Económica Prórroga de la Ley de Competitividad Acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la AgriculturaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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