Mar Territorial Argentino (Mar Territorial Argentino) Nacional
Mar Territorial Argentino Nacional
- Artículo 1. Fijánse como línea de base de la República Argentina, a partir de las...
- Artículo 2. Las aguas situadas en el interior de las líneas de base establecidas de...
- Artículo 3. El mar territorial argentino se extiende hasta una distancia de DOCE (12)...
- Artículo 4. La zona contigua argentina se extiende, más allá del límite exterior del mar...
- Artículo 5. La zona económica exclusiva argentina se extiende, más allá del límite...
- Artículo 6. La plataforma continental sobre la cual ejerce soberanía la Nación...
- Artículo 7. Los límites exteriores de los espacios maritimos indicados en los artículos...
- Artículo 8. El Servicio de Hidrografía Naval editará y actualizará las cartas...
- Artículo 9. En los espacios marítimos aquí determinados la República Argentina conserva...
- Artículo 10. (Nota de redacción) ( MODIFICA LEY 22.415 )
- Artículo 11. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
- Artículo 12. ANEXO I - TABLAS CON LINEAS DE BASE
Otras regulaciones
Impuesto al valor agregado. Concesiones de obras de dragado, señalización y mantenimiento de vías navegables Deja sin efecto el requisito de edad para el otorgamiento de las becas de investigación del Conicet Regimen legal del ejercicio de la psicología Día Mundial del Alzheimer Aprobación de las modificaciones al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración EconómicaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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