Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas Artículo 6 Provincia de Misiones
Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas Misiones
Artículo 6.
El nombramiento y remoción del Fiscal Superior se ajusta a lo preceptuado por el artículo precedente, de conformidad al Artículo 132 de la Constitución Provincial.Los Fiscales Asistentes son designados por el Poder Ejecutivo con intervención del Fiscal Superior, sin que ésta sea vinculante.
Provincia de Misiones Artículo 6 Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles ubicados en el partido de La Plata Provincia de Buenos Aires Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a transferir a título gratuito a favor de la Municipalidad de Nogoyá, un inmueble de su propiedad Provincia de Entre Ríos Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 273. ESTUDIO DEL EXPEDIENTE Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.279 Provincia del Chubut Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 620. PROCEDENCIAPublique la información de sí mismo
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