Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 49 Provincia de Misiones
Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones
Artículo 49.
Las Cámaras de Apelaciones conocen como tribunal de última instancia de los recursos contra las resoluciones de los Jueces letrados de Primera Instancia del fuero respectivo; de las recusaciones de sus propios miembros y en grado de apelación de la de los jueces letrados respectivos y de los recursos por retardo o denegación de justicia contra los Jueces de Primera Instancia de sus respectivos fueros.Efectúan inspecciones a los juzgados de su dependencia, de las que informan al Superior Tribunal de Justicia, pudiendo adoptar las medidas que tiendan a un mejor servicio judicial.
A los Tribunales Penales, les corresponde además practicar las visitas de cárceles conforme a las leyes de procedimiento, informando de las mismas al Superior Tribunal.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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