Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 22 Provincia de Misiones
Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones
Artículo 22.
Los Jueces de Paz letrados de Primera y Segunda Categoría son removidos conforme a lo establecido en el Artículo 158 de la Constitución Provincial. Los Jueces de Paz legos, los funcionarios y demás empleados subalternos cuyo nombramiento no está previsto en otra forma por la Constitución o por esta Ley, son designados por el Superior Tribunal de Justicia y removidos por el mismo, en caso de inconducta, impedimento, ineptitud o incumplimiento de sus funciones, siguiendo el procedimiento que establece el Reglamento para el Poder Judicial, previo sumario.
Provincia de Misiones Artículo 22 Ley Orgánica del Poder Judicial
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Constitución Buenos Aires Artículo 85. Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 757. Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 572. Subasta progresiva Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 675. EJECUCION DE LA SENTENCIA QUE DISPONE EL DESLINDE Código Procesal Penal Chubut Artículo 305. ExcepcionesPublique la información de sí mismo
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