Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 118 Provincia de Misiones
Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones
Artículo 118.
El patrocinio de los Defensores Oficiales de Primera Instancia surte sin otro requisito, los mismos efectos que la declaración judicial de pobreza. Acreditando que el defendido tiene medios suficientes para atender su defensa, cesa la actuación de estos funcionarios.
Provincia de Misiones Artículo 118 Ley Orgánica del Poder Judicial
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley de Ministerios Chubut Artículo 35. Creación de la Agencia de Investigaciones Provincia de Río Negro Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 353. Nuevas pruebas Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos Artículo 114. Designación provisoria Código Fiscal Neuquén Artículo 57. Multas por infracción a los deberes de información propia o de tercerosPublique la información de sí mismo
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