Ley de protección del medio ambiente y recursos naturales (Ley de protección del medio ambiente y recursos naturales) Provincia de Buenos Aires
Ley de protección del medio ambiente y recursos naturales Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. La presente ley, conforme el artículo 28° de la Constitución de la...
- Artículo 2. El Estado Provincial garantiza a todos sus habitantes los siguientes...
- Artículo 3. Los habitantes de la Provincia tienen los siguientes deberes: Inciso a)...
- Artículo 4. El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Instituto Provincial del Medio...
- Artículo 5. El Poder Ejecutivo Provincial y los municipios garantizarán, en la ejecución...
- Artículo 6. El Estado Provincial y los municipios tienen la obligación de fiscalizar las...
- Artículo 7. En la localización de actividades productivas de bienes y/o servicios, en el...
- Artículo 8. Lo prescripto en el artículo anterior será aplicable: a) En lo que hace...
- Artículo 9. Los organismos competentes propondrán al Poder Ejecutivo las medidas de...
- Artículo 10. Todos los proyectos consistentes en la realización de obras o actividades que...
- Artículo 11. Toda persona física o jurídica, pública o privada, titular de un proyecto de...
- Artículo 12. Con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la...
- Artículo 13. La autoridad ambiental provincial deberá: Inciso a) Seleccionar y...
- Artículo 14. La autoridad ambiental provincial o municipal pondrá a disposición del...
- Artículo 15. La autoridad ambiental de aplicación exigirá que las EVALUACIONES DE IMPACTO...
- Artículo 16. Los habitantes de la Provincia de Buenos Aires podrán solicitar las...
- Artículo 17. La autoridad ambiental provincial o municipal según correspondiere arbitrará...
- Artículo 18. Previo a la emisión de la DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL, la autoridad...
- Artículo 19. La DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL deberá tener por fundamento el dictamen...
- Artículo 20. La DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL constituye un acto administrativo de la...
- Artículo 21. Se remitirá copia de todas las DECLARACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL emitidas...
- Artículo 22. La autoridad ambiental provincial o municipal que expidió la DECLARACION DE...
- Artículo 23. Si un proyecto de los comprendidos en el presente Capítulo comenzará a...
- Artículo 24. Las autoridades provincial y municipal deberán llevar un registro actualizado...
- Artículo 25. Las normas técnicas ambientales determinarán los parámetros y niveles guías...
- Artículo 26. Las entidades oficiales tendrán la obligación de suministrar a las personas...
- Artículo 27. El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Instituto Provincial del Medio...
- Artículo 28. El Sistema de Información Ambiental se organizará y mantendrá actualizado con...
- Artículo 29. El Estado Provincial y los municipios en cumplimiento de su deber de asegurar...
- Artículo 30. El Gobierno Provincial coordinará con los municipios programas de educación,...
- Artículo 31. El Gobierno Provincial difundirá programas de educación y divulgación...
- Artículo 32. El Poder Ejecutivo Provincial priorizará en sus políticas de crédito, de...
- Artículo 33. La autoridad de aplicación podrá promover la celebración de convenios con...
- Artículo 34. Cuando a consecuencia de acciones del Estado se produzcan daños o pudiera...
- Artículo 35. Cuando la decisión administrativa definitiva resulte contraria a lo...
- Artículo 36. En los casos en que el daño o la situación de peligro sea consecuencia de...
- Artículo 37. El trámite que se imprimirá a las actuaciones será el correspondiente al...
- Artículo 38. Las sentencias que dicten los tribunales en virtud de lo preceptuado por este...
- Artículo 39. Los principios que regirán la implementación de políticas para la protección...
- Artículo 40. La autoridad de aplicación provincial deberá: a) Realizar un...
- Artículo 41. El Estado deberá disponer las medidas para la publicación oficial y periódica...
- Artículo 42. Las reglamentaciones vigentes deberán actualizar los valores y agentes...
- Artículo 43. El tratamiento integral del recurso deberá efectuarse teniendo en cuenta las...
- Artículo 44. Cuando el recurso sea compartido con otras jurisdicciones provinciales o...
- Artículo 45. Los principios que regirán el tratamiento e implementación de políticas...
- Artículo 46. La autoridad provincial de aplicación deberá efectuar: a) Clasificación...
- Artículo 47. El Estado deberá disponer las medidas necesarias para la publicación oficial...
- Artículo 48. Las reglamentaciones vigentes deberán actualizar los valores y agentes...
- Artículo 49. En los casos en que la calidad del recurso se hubiera deteriorado en virtud...
- Artículo 50. La autoridad de aplicación competente se regirá por los siguientes principios...
- Artículo 51. La autoridad de aplicación promoverá en materia de contaminación atmosférica...
- Artículo 52. El Ente Provincial Regulador Energético deberá promover: Inciso a) La...
- Artículo 53. Las personas físicas o jurídicas, públicas privadas o mixtas que deseen...
- Artículo 54. Para lograr ahorro energético el Ente Provincial Regulador Energético deberá...
- Artículo 55. A los fines de protección y conservación de la flora autóctona y sus frutos,...
- Artículo 56. En relación con las especies cultivadas, el Estado Provincial promoverá a...
- Artículo 57. La introducción al territorio provincial de especies, variedades o líneas...
- Artículo 58. El Estado Provincial implementará un sistema de prevención y combate de...
- Artículo 59. La autoridad de aplicación deberá remitir al Sistema Provincial de...
- Artículo 60. A los fines de protección y conservación de la fauna silvestre, el Estado...
- Artículo 61. Podrá mediar autorización expresa de introducción de fauna exótica para cría...
- Artículo 62. La autoridad de aplicación podrá realizar estudios tendientes a evaluar el...
- Artículo 63. La autoridad de aplicación determinará las especies que circunstancialmente...
- Artículo 64. La autoridad de aplicación deberá remitir al Sistema Provincial de...
- Artículo 65. La gestión de todo residuo que no esté incluido en las categorías de residuo...
- Artículo 66. La gestión municipal, en el manejo de los residuos, implementará los...
- Artículo 67. Los organismos provinciales competentes y el C.E.A.M.S.E. deberán: a)...
- Artículo 68. Los residuos peligrosos, patogénicos y radioactivos se regirán por las normas...
- Artículo 69. La Provincia y los Municipios según el ámbito que corresponda, deben realizar...
- Artículo 70. Las infracciones que serán calificadas como muy leves, leves, graves y muy...
- Artículo 71. A fin de determinar el tipo y graduación de la sanción, deberá tenerse en...
- Artículo 72. Las resoluciones podrán ser recurridas por los interesados siguiendo lo...
- Artículo 73. Serán organismos de aplicación de la presente ley el INSTITUTO PROVINCIAL DE...
- Artículo 74. La Provincia asegurará a cada Municipio el poder de policía suficiente para...
- Artículo 75. Todo municipio podrá verificar el cumplimiento de las normas ambientales...
- Artículo 76. El Poder Ejecutivo Provincial propiciará la creación de regiones a los fines...
- Artículo 77. Los municipios, en el marco de sus facultades, podrán dictar normas locales...
- Artículo 78. NOTA DE REDACCION: MODIFICATORIO DEL DEC. LEY 8.751/77 (T.O. 86).
- Artículo 79. NOTA DE REDACCION: MODIFICATORIO DEL DEC. LEY 8.751/77 (T.O. 86).
- Artículo 80. Cuando se trate de establecimientos industriales, las normas que regulan las...
- Artículo 81. Hasta tanto no sea establecido el fuero en lo contencioso administrativo de...
- Artículo 82. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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