Ley de prevención y represión del juego de azar ilegal (Ley de prevención y represión del juego de azar ilegal) Provincia de Buenos Aires
Ley de prevención y represión del juego de azar ilegal Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. OBJETO
- Artículo 2. PARTE GENERAL
- Artículo 3. Cuando alguna infracción fuere cometida en nombre, al amparo o en beneficio...
- Artículo 4. Inciso 1°) Será reprimido con arresto de un (1) mes a un (1) año y/o...
- Artículo 5. Será reprimido con arresto de uno (1) a seis (6) meses y/o multa de diez...
- Artículo 6. Será reprimido con arresto e inhabilitación especial de un (1) mes a un (1)...
- Artículo 7. Será reprimido con arresto de uno (1) a treinta (30) días y/o multa de uno...
- Artículo 8. En todos los casos en que se sancionaren infracciones a la presente Ley,...
- Artículo 9. El total de los valores u objetos decomisados, así como lo que se recaude...
- Artículo 10. Se elevará al doble el mínimo y en un tercio el máximo de las penas...
- Artículo 11. Cuando en virtud de las reglas del concurso de infracciones, de las...
- Artículo 12. Será competente para el juzgamiento de las infracciones a la presente Ley,...
- Artículo 13. Créase la Comisión de Prevención y Represión contra el Juego Ilegal, la que...
- Artículo 14. Facúltase al cuerpo de inspectores del Instituto Provincial de Lotería y...
- Artículo 15. Los municipios deberán proceder a la clausura inmediata del local, no...
- Artículo 16. Créase en el ámbito del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, el...
- Artículo 17. Los límites previstos en el segundo párrafo del artículo 31° del Decreto...
- Artículo 18. Derógase el Decreto Ley 8.895/77, incorporado como Capítulo X (artículos...
- Artículo 19. Serán de aplicación supletoria las disposiciones del Título I y III del...
- Artículo 20. La presente Ley entrará en vigencia a los treinta días de su publicación en...
- Artículo 21. Durante el período comprendido entre la promulgación y la entrada en...
- Artículo 22. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley Arancelaria que regula el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores Buenos Aires Artículo 44. Constitución Misiones Artículo 55. Código Procesal Penal Misiones Artículo 306. Indagatorias Separadas Transfiérese a título de donación a favor del Club Atlético Ferrocarril de la ciudad Concordia inmueble de propiedad del Estado Provincial Provincia de Entre Ríos Código Procesal Penal Misiones Artículo 216. ActuacionesPublique la información de sí mismo
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