Ley de Fomento a la Producción Agroecológica (Ley de Fomento a la Producción Agroecológica) Provincia de Misiones
Ley de Fomento a la Producción Agroecológica Provincia de Misiones
- Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto fomentar el desarrollo de los sistemas de...
- Artículo 2. A los efectos de la presente Ley, se entiende por producción agroecológica al...
- Artículo 3. Los principios elementales que deben respetarse en la producción...
- Artículo 4. Créase el Registro de Productores Agroecológicos en el ámbito de la...
- Artículo 5. Créase el Sistema Único de Certificación Participativa, cuyos principios y...
- Artículo 6. En el Sistema Único de Certificación Participativa intervienen de manera...
- Artículo 7. Créase el Consejo de la Producción Agroecológica en el ámbito de la...
- Artículo 8. El Consejo de la Producción Agroecológica es coordinado por la Secretaría de...
- Artículo 9. Los representantes del Consejo de la Producción Agroecológica son elegidos...
- Artículo 10. Los productores agroecológicos pueden solicitar a la Autoridad de Aplicación,...
- Artículo 11. La Autoridad de Aplicación puede establecer medidas e incentivos económicos y...
- Artículo 12. Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley la Secretaría de Estado de...
- Artículo 13. La Autoridad de Aplicación tiene las siguientes facultades: a)...
- Artículo 14. Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente Ley, son atendidos con...
- Artículo 15. Los recursos establecidos en el Artículo 14 de la presente Ley, están...
- Artículo 16. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Instituye a la localidad de Campo Ramóm como sede permanente de la Fiesta Provincial de la Ecologia Declaración a la Ruta de la Yerba Mate como Patrimonio Cultural, Histórico, Turístico, Paisajístico, Productivo, Gastronómico e Industrial Regimen Provincial del Control de Velocidad del Tránsito Vehicular Rescate de la historia y cultura de los municipios y creación de un Museo Histórico Cultural en cada Municipalidad Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nro. 27.098Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 770. MAYORIA Ley provincial de educación Buenos Aires Artículo 25. Código de Faltas municipales Buenos Aires Artículo 15. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 337. Resolución Aprobación del Convenio de la Encuesta de Evaluación de Calidad de la Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares 2017 - 2018 Provincia del ChubutPublique la información de sí mismo
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