La Rioja Capital Nacional del Pesebre (La Rioja Capital Nacional del Pesebre) Nacional
La Rioja Capital Nacional del Pesebre Nacional
- Artículo 1. Declárese a la provincia de La Rioja "Capital Nacional del...
- Artículo 2. En consonancia con el artículo 1° de la presente ley, la Secretaría de...
- Artículo 3. La presente iniciativa es un reconocimiento institucional por parte del...
- Artículo 4. La presente ley será reglamentada en el plazo de sesenta (60) días de su...
- Artículo 5. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Otorga jerarquía constitucional a la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores Adhesión al Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidente de Tránsito Declaración de la Fiesta Nacional del Tarefero al festival que se realiza todos los años Apoyo al Capital Emprendedor en el país y su expansión internacional Declárase en emergencia el abastecimiento de gas oil en todo el territorio nacional. Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y del Gas Natural. Exenciones. VigenciaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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