Instituto Misionero del Suelo Recurso Estrategico para la Conservación de la Biodiversidad (Instituto Misionero del Suelo Recurso Estrategico para la Conservación de la Biodiversidad) Provincia de Misiones
Instituto Misionero del Suelo Recurso Estrategico para la Conservación de la Biodiversidad Provincia de Misiones
- Artículo 1. Declárase de interés público y sujeto a uso y manejo conservacionista a los...
- Artículo 2. Créase el "Instituto Misionero del Suelo", como ente público y...
- Artículo 3. Son objetivo del Instituto Misionero del Suelo: a) implementar unidad...
- Artículo 4. El Instituto Misionero del Suelo es la Autoridad de Aplicación de la...
- Artículo 5. Son funciones del Instituto Misionero del Suelo: a) otorgar recursos...
- Artículo 6. El Instituto Misionero del Suelo está a cargo de un Director designado por...
- Artículo 7. Son funciones del Director del Instituto Misionero del Suelo: a)...
- Artículo 8. El Instituto Misionero del Suelo debe articular sus funciones en las áreas...
- Artículo 9. A los efectos de ésta Ley se entiende como: a) áreas con prácticas de...
- Artículo 10. Declarada una zona o predio área de manejo, conservación y/o recuperación,...
- Artículo 11. Establecida un área de manejo, conservación y/o recuperación de suelos, de...
- Artículo 12. Créase en el ámbito del Instituto Misionero del Suelo el laboratorio...
- Artículo 13. El laboratorio Provincial de Suelos y de acuerdo al protocolo que se...
- Artículo 14. Créase el Consejo Asesor de Conservación y Manejo de Suelos, como órgano...
- Artículo 15. Son funciones del Consejo: a) proponer normas de uso y manejo de...
- Artículo 16. El Consejo Asesor de Conservación y Manejo de Suelos está integrado por: Un...
- Artículo 17. Los Consorcios y Productores disponen de los siguientes beneficios para ser...
- Artículo 18. Las infracciones determinadas en los incisos c) d) y e) de la Ley XVI -...
- Artículo 19. Son solidariamente responsables en las infracciones cometidas, la persona...
- Artículo 20. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley son atendidos con...
- Artículo 21. Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.
Otras regulaciones
Registro Provincial de Patologías Derivadas de la Contaminación Ambiental y el Cambio Climático Instituye el Día del Empleado Electoral Diferimiento de los vencimientos de los servicios de amortización y renta de los certificados Programa Provincial de Promoción del Muralismo y Ruta Provincial del Mural Misionero Declaración de interés público a los conocimientos científicos y tecnológicos, reconociéndolos como derecho personalMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 96. Alcance de la sentencia Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 288 ter. Trabajo extramuros. Condiciones Código Fiscal Neuquén Artículo 285. Ley de Financiamiento Productivo Nacional Artículo 190. Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 282. Remisión del expedientePublique la información de sí mismo
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