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Instituto de promocion de la carne vacuna argentina Artículo 6 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Instituto de promocion de la carne vacuna argentina Nacional
Artículo 6.

El Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina estará dirigido por un Consejo de Representantes, integrado por ocho (8) vocales titulares y sus respectivos suplentes, conforme la siguiente constitución: cuatro (4) representantes del sector productor, uno (1) por Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), uno (1) por Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada (Coninagro), uno (1) por Federación Agraria Argentina (FAA), y uno (1) por Sociedad Rural Argentina (SRA); tres (3) representantes por la industria frigorífica, coincidentes con las instituciones que integren la Asamblea de Representantes por este sector, y uno (1) designado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía. Las designaciones de los vocales titulares y suplentes las efectuarán en forma directa y por escrito en la Asamblea de Representantes, cada una de las instituciones designadas en el primer párrafo del presente artículo. El Consejo quedará constituido a los diez (10) días de designados sus integrantes.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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