Imprimir

Incorporación en el diseño curricular educativo de todos los niveles educativos la causa de nuestras Artículo 1 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/05/2024

Incorporación en el diseño curricular educativo de todos los niveles educativos la causa de nuestras Islas Malvinas, Geórgias del Sur Río Negro
Artículo 1. Objeto

Se incorpora en el diseño curricular educativo de todos los niveles educativos y como eje transversal, la causa de nuestras Islas Malvinas, Geórgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, de acuerdo con lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, reafirmando la Soberanía Plena de la Nación Argentina sobre ellas.



Provincia de Río Negro Artículo 1 Incorporación en el diseño curricular educativo de todos los niveles educativos la causa de nuestras Islas Malvinas, Geórgias del Sur, Sándwich del Sur reafirmando la Soberanía Plena de la Nación Argentina sobre ellas
Artículo 1 2 3

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse