Incorporación del Servicio Social al Sistema Educativo (Incorporación del Servicio Social al Sistema Educativo) Provincia de Misiones
Incorporación del Servicio Social al Sistema Educativo Provincia de Misiones
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Incorpórase el Servicio Social al Sistema Educativo de la Provincia.
- Artículo 2. Créase la Unidad de Servicio Social Escolar dentro del ámbito del Consejo...
- Artículo 3. La Unidad de Servicio Social Escolar está integrado y organizado por los...
- Artículo 4. Son objetivos de la presente ley: 1) Crear, desarrollar y promover...
- Artículo 5. Las intervenciones desarrolladas conforme a la presente ley deben realizarse...
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Es autoridad de aplicación de la presente ley el Consejo General de...
- Artículo 7. La autoridad de aplicación crea sedes de Unidad de Servicio Social Escolar,...
- Artículo 8. Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar adecuaciones, modificaciones y...
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Marco regulatorio para la creación del Programa Provincial de Prevención y Asistencia Integral de Consumos Problemáticos y Adicciones Creación del Programa Alzheimer Misiones Programa Provincial para la Protección y Alimentación de las Abejas Regimen de la actividad acuicola Institución como Mes Provincial de la Niñez al mes de Agosto de cada añoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código de Procedimientos Mineros Neuquén Artículo 63. REMATE DE MINAS Constitución Neuquén Artículo 192. Sanció Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 701. RECUPERACION DEL INMUEBLE ABANDONADO POR EL LOCATARIO Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 475. PRACTICA DE LA PERICIA Ley de Góndolas Nacional Artículo 9. Promoción de productos regionalesPublique la información de sí mismo
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