Etiquetado de eficiencia energética de inmuebles destinados a vivienda (Etiquetado de eficiencia energética de inmuebles destinados a vivienda) Provincia de Santa Fe
Etiquetado de eficiencia energética de inmuebles destinados a vivienda Provincia de Santa Fe
- CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. Finalidad
- Artículo 2. Autoridad de Aplicación
- Artículo 3. Definición
- Artículo 4. Indice de Prestación Energética
- CAPÍTULO II ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE INMUEBLES DESTINADOS A VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
- Artículo 5. Etiqueta de Eficiencia Energética
- Artículo 6. Modificación de la etiqueta
- Artículo 7. Clase de Eficiencia Energética
- Artículo 8. Registro General de la Propiedad
- CAPÍTULO III CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA
- Artículo 9. Certificado
- CAPÍTULO IV REGISTRO DE ETIQUETAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE INMUEBLES DESTINADOS A VIVIENDA
- Artículo 10. Registro de etiquetas de eficiencia energética
- Artículo 11. Registro de Certificadores de eficiencia energética
- Artículo 12. Reserva
- CAPÍTULO V COMISIÓN DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE INMUEBLES DESTINADOS A VIVIENDA
- Artículo 13. Comisión de Etiquetado de Eficiencia Energética de Inmuebles Destinados a Vivienda
- Artículo 14. Integración
- Artículo 15. Módulos Tributarios
- CAPÍTULO VII VIVIENDAS SOCIALES
- Artículo 16. Viviendas sociales
- CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES ESPECIALES Y COMPLEMENTARIAS
- Artículo 17. Adhesión, las Municipalidades y Comunas podrán adherir a la presente ley en...
- Artículo 18. Casos sociales
- Artículo 19. Difusión y Educación
- Artículo 20. Bonificación
- Artículo 21. Las disposiciones previstas en la presente ley son de carácter optativo para...
- Artículo 22. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Ley de Medio Ambiente Autorización al señor Gobernador de la Provincia para ausentarse del país durante el año 2022 Día de la Prevención del Abuso de Niños, Niñas y Adolescentes Donación a la Municipalidad de la ciudad de Tostado, departamento 9 de Julio, un determinado inmueble Donacion de terrenos para los Bomberos Voluntarios de Pilar departamento Las ColoniasMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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