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Establécense condiciones para la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina Artículo 8 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Establécense condiciones para la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina Nacional
Artículo 8.

Cuando alguno de los hechos previstos en el artículo precedente hubiere sido ejecutado en nombre, con la ayuda o en beneficio de una persona de existencia ideal, una asociación de hecho, o un ente que a pesar de no tener calidad de sujeto de derecho resultase obligado a los efectos fiscales a tenor de lo que dispongan las normas en dicha materia, la pena de prisión se aplicará a los directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios, representantes o autorizados que hubiesen intervenido en el hecho punible



Nacional Artículo 8 Establécense condiciones para la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina
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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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