Ejecucion del presupuesto de la administracion publica (Ejecucion del presupuesto de la administracion publica) Provincia de Córdoba
Ejecucion del presupuesto de la administracion publica Provincia de Córdoba
- Artículo 1. La ejecución del Presupuesto General de Gastos de la Administración Central y...
- CAPÍTULO I DE LA ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO Y DE SU EJECUCIÓN
- Artículo 2. A los efectos de la expresión sintética, discusión parlamentaria, aprobación...
- Artículo 3. A los efectos de la elaboración, la ejecución y el control interno...
- Artículo 4. Las autorizaciones para gastar, contenidas en cada categoría presupuestaria...
- Artículo 5. La responsabilidad específica del cumplimiento de los objetivos y las...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo determinará cuál es la unidad de organización facultada...
- CAPÍTULO II DE LOS AJUSTES Y MODIFICACIONES EN EL PRESUPUESTO
- Artículo 7. Anualmente la Ley de Presupuesto determinará las facultades del Poder...
- Artículo 8. PODRÁN disponer de la Partida Principal Servicios No Personales, Parcial:...
- Artículo 9. Para las erogaciones correspondientes a servicios requeridos por terceros,...
- Artículo 10. La designación de Personal afectado a Trabajos Públicos deberá ser efectuada...
- CAPÍTULO III DE LAS CONTRATACIONES
- Artículo 11. Las contrataciones previstas, por la Ley de Obras Públicas y toda otra de...
- Artículo 12. Para las contrataciones con terceros o trabajos por administración previstos...
- Artículo 13. La Ley Anual del Presupuesto fijará el valor del índice Uno (1) que regirá...
- Artículo 14. Las adquisiciones de mercaderías destinadas a racionamiento y alimentos...
- Artículo 14 bis. La Dirección de Seguro de Vida y Resguardo de Automotores, queda autorizada...
- Artículo 15. Autorízase a las Direcciones de Administración a adquirir en forma directa,...
- Artículo 16. Las operaciones mediante contratación directa en los casos previstos...
- Artículo 17. Las adquisiciones de materias primas destinadas a su elaboración por el...
- Artículo 18. Fíjase en el índice cuarenta (40) el monto máximo por Contrato de...
- Artículo 19. Los avisos de Licitaciones Públicas y Remates Públicos que dispone el...
- Artículo 20. Los montos establecidos en las planillas de Trabajos Públicos como costo...
- Artículo 21. Facúltase al Poder Ejecutivo a tomar en locación inmuebles con o sin...
- Artículo 22. El Poder Ejecutivo Provincial podrá autorizar la ejecución de refacciones,...
- Artículo 23. Tanto los trabajos públicos encomendados a terceros, como la...
- Artículo 24. Autorízase la venta de acuerdo a los procedimientos establecidos en el...
- Artículo 25. En la transferencia sin cargo de bienes muebles pertenecientes a la...
- Artículo 26. Establécese que las tarifas para el uso de las aeronaves dependientes de la...
- Artículo 27. La contratación de servicios personales sólo procederá para la realización de...
- Artículo 27 bis. Fíjanse el monto máximo por contrato de adjudicación de obras a que se...
- CAPÍTULO IV OTRAS DISPOSICIONES
- Artículo 28. El crédito asignado a la Partida de transferencia a las Municipalidades por...
- Artículo 29. La orden de disposición de fondos a que hace referencia el artículo 51 de la...
- Artículo 30. El Poder Ejecutivo queda facultado para establecer el monto compensable por...
- Artículo 31. Los fondos del Estado Provincial, de cualquier naturaleza que fueran, con...
- Artículo 32. (Nota de redacción) (Derogado por L. N. 7.378).
- Artículo 32 bis. Autorízase a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, en...
- Artículo 33. Derógase la Ley N. 5.823 y toda otro disposición que se oponga a la presente...
- Artículo 34. Mantiénese la vigencia de la Ley 6.095 y su modificatoria hasta el día 31...
- Artículo 35. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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