Desafectación de Reserva Fiscal inmuebles en el Municipio de Posadas de propiedad de la Provincia de Misiones (Desafectación de Reserva Fiscal inmuebles en el Municipio de Posadas de propiedad) Provincia de Misiones
Desafectación de Reserva Fiscal inmuebles en el Municipio de Posadas de propiedad de la Provincia de Misiones Provincia de Misiones
- Artículo 1. Desaféctanse de su condición de reserva fiscal los inmuebles propiedad de la...
- Artículo 2. Autorízase al Poder Ejecutivo, a través de la Subsecretaría de Tierras y...
- Artículo 3. La Municipalidad de la Ciudad de Posadas certificará la ocupación efectiva y...
- Artículo 4. Transferidos los inmuebles a sus actuales ocupantes, queda prohibida su...
- Artículo 5. Son de aplicación supletoria las disposiciones de la Ley XVI - N.° 100...
- Artículo 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Transmisión gratuita de Inmueble del Consejo General de Educación al Estado Provincial Protección Integral de las personas con Trastorno del Espectro Autista Fomento al consumo de miel de abeja y otros productos derivados de la colmena Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nro. 25.997 de Turismo Declaración de Área Natural Protegida a los inmuebles lindantesMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 91. Obligatoriedad Código de Procedimientos Mineros Neuquén Artículo 21. Notificación por Cédula Ley de Góndolas Nacional Artículo 2. Autoridad de aplicación Código Procesal Penal Misiones Artículo 283. Forma Código Procesal Penal Río Negro Artículo 218. PROCEDENCIAPublique la información de sí mismo
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