Decreto de Necesidad y Urgencia sobre Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial De La Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19 por el plazo de 1 año (Decreto de Necesidad y Urgencia sobre Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la) Nacional
Decreto de Necesidad y Urgencia sobre Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial De La Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19 por el plazo de 1 año Nacional
- Artículo 1. EMERGENCIA SANITARIA
- Artículo 2. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA
- Artículo 3. INFORMACIÓN A LA POBLACIÓN
- Artículo 4. ZONAS AFECTADAS POR LA PANDEMIA
- Artículo 5. INFORMACIÓN A EFECTORES DE SALUD
- Artículo 6. INSUMOS CRÍTICOS
- Artículo 7. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS
- Artículo 8. OBLIGACIÓN DE LA POBLACIÓN DE REPORTAR SÍNTOMAS
- Artículo 9. SUSPENSIÓN TEMPORARIA DE VUELOS
- Artículo 10. COORDINACIÓN DE ACCIONES EN EL SECTOR PÚBLICO NACIONAL
- Artículo 11. ACTUACIÓN DE LOS MINISTERIOS DE SEGURIDAD, DEL INTERIOR, DE DEFENSA Y DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, EN LA EMERGENCIA SANITARIA
- Artículo 12. ACTUACIÓN DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL EN LA EMERGENCIA SANITARIA
- Artículo 13. ACTUACIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EN LA EMERGENCIA SANITARIA
- Artículo 14. ACTUACIÓN DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL EN LA EMERGENCIA SANITARIA
- Artículo 15. ACTUACIÓN DEL MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES EN LA EMERGENCIA SANITARIA
- Artículo 15 bis. Suspéndese, por el plazo que dure la emergencia, el último párrafo del...
- Artículo 15 ter. Durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y...
- Artículo 16. CORREDORES SEGUROS AÉREOS, MARÍTIMOS Y TERRESTRES
- Artículo 17. OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES DE MEDIOS DE TRANSPORTE
- Artículo 18. EVENTOS MASIVOS
- Artículo 19. COOPERACIÓN
- Artículo 20. NORMATIVA. EXCEPCIONES
- Artículo 21. TRATO DIGNO. VIGENCIA DE DERECHOS
- Artículo 22. INFRACCIONES A LAS NORMAS DE LA EMERGENCIA SANITARIA
- Artículo 23. REASIGNACIÓN DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
- Artículo 24. ORDEN PÚBLICO
- Artículo 25. VIGENCIA
- Artículo 26. La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en...
- Artículo 27. Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y...
Otras regulaciones
Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos Prohibición en todo el territorio nacional de la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, a reasignar partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Salud, destinadas a otorgar un subsidio a favor de la Fundación de la Hemofilia, para ser distribuidos a los pacientes y causahabientes de pacientes infectados con el virus HIV Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes Créase el Instituto Nacional de la MúsicaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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