Regimen para el desarrollo de la tecnologia, produccion, uso y aplicaciones del hidrogeno como combu Artículo 14 Nacional
Regimen para el desarrollo de la tecnologia, produccion, uso y aplicaciones del hidrogeno como combustible y vector de energia Nacional
Artículo 14.
Los recursos a que hace referencia el artículo anterior tendrán por finalidad financiar los planes del Programa Nacional del Hidrógeno que resulten aprobados.
Nacional Artículo 14 Declárase de interés nacional el desarrollo de la tecnología, la producción, el uso y aplicaciones del hidrógeno como combustible y vector de energía. Política nacional. Objetivos. Sujetos. Autoridad de aplicación. Infracciones y sanciones. Créase el fond
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Fiscal Entre Ríos Artículo 159. Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos Artículo 52. Voto del presidente Ley de Procedimiento Laboral Neuquén Artículo 27. Código Fiscal Neuquén Artículo 169. Régimen especial Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 170. SUBSANACIONPublique la información de sí mismo
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