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Declaración de Area Natural Protegida a la Reserva de uso Múltiple Caburé-i Artículo 1 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/05/2024

Declaración de Area Natural Protegida a la Reserva de uso Múltiple Caburé-i Misiones
Artículo 1.

Decláranse Área Natural Protegida con categoría de Reserva de Uso Múltiple, en el marco de la Ley XVI-N° 29 (Antes Ley 2932), según lo establecido en los Artículos 18 y 19, a los siguientes inmuebles determinados como:

a) Lote 55-P; Subdivisión del Lote 55-M, Subdivisión del Lote 55-J, Subdivisión del Lote 55-I, Subdivisión del Lote 55, Sector B; Colonia Andresito, Municipio Comandante Andresito, Departamento General Manuel Belgrano, Provincia de Misiones; con una superficie total de seis (6) hectáreas, sesenta y seis (66) áreas, cincuenta (50) centiáreas; Plano de Mensura N° 40.393; Nomenclatura Catastral: Departamento 07, Municipio 75, Sección 003, Chacra 0000, Manzana 0000, Parcela 407 O, Unidad Funcional 000000, Partida Inmobiliaria N° 9043; inscripto en el Registro de la Propiedad inmueble al Folio Real Matrícula N° 3039, Departamento General Manuel Belgrano (07); y b) Lote 55-T; Subdivisión del Lote 55-O, Subdivisión del Lote 55-M, Subdivisión del Lote 55-J, Subdivisión del Lote 55-I, Subdivisión del Lote 55, Sector B; Colonia Andresito, Municipio Comandante Andresito, Departamento General Manuel Belgrano, Provincia de Misiones; con una superficie total de cuarenta y siete (47) hectáreas, quince (15) áreas, cincuenta y nueve (59) centiáreas; Plano de Mensura N° 43.962;

Nomenclatura Catastral: Departamento 07, Municipio 75, Sección 004, Chacra 0000, Manzana 0000, Parcela 0096, Unidad Funcional 000000, Partida Inmobiliaria N° 9879; inscripto en el Registro de la Propiedad inmueble en mayor extensión al Folio Real Matrícula N° 325, Departamento General Manuel Belgrano (07).



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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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