Créase el régimen de incentivo a la inversión local para la fabricación de motocicletas y motopartes Artículo 12 Nacional
Créase el régimen de incentivo a la inversión local para la fabricación de motocicletas y motopartes Nacional
Artículo 12.
El monto del beneficio acordado en el artículo precedente será equivalente a un porcentaje del valor ex fábrica antes del impuesto de las partes, piezas, subconjuntos, conjuntos y motopartes, matrices y moldes locales que estén destinados a la exportación o producción de los vehículos comprendidos en el artículo 2º de la presente norma y/o motores para dichos vehículos, y cumplan con las condiciones que establezca la autoridad de aplicación. El porcentaje aplicable se determinará en función del período en el cual se desarrolle el plan de producción quinquenal objeto del beneficio, conforme al siguiente cronograma:
Año Porcentaje de beneficio aplicable 2009 25 2010 24 2011 23 2012 22 2013 21 2014 20 2015 19 2016 18 2017 17 2018 16
Los bonos fiscales se emitirán sobre el valor ex fábrica de las partes, piezas, subconjuntos, conjuntos y motopartes, matrices y moldes locales, netos del impuesto al valor agregado (IVA), gastos financieros y de descuentos y bonificaciones.
Los beneficios previstos en este título y los acordados mediante el Decreto 379 de fecha 29 de marzo de 2001, sus modificaciones y todo régimen que lo sustituya, son excluyentes entre sí respecto de un mismo bien.
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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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