Creación del Colegio de Profesionales en Turismo (Creación del Colegio de Profesionales en Turismo) Provincia de Entre Ríos
Creación del Colegio de Profesionales en Turismo Provincia de Entre Ríos
- COLEGIO DE PROFESIONALES EN TURISMO
CAPITULO I CREACION - INTEGRANTES - DOMICILIO - Artículo 2. Miembros
- Artículo 3. Capacidad
- CAPITULO II AMBITO TERRITORIAL Y ORGANO DE APLICACION
- Artículo 4. Ambito territorial
- Artículo 5. Organo de aplicación
- CAPITULO III OBJETIVOS Y ATRIBUCIONES
- Artículo 6. Objetivos y atribuciones
- CAPITULO IV DEL GOBIERNO DEL COLEGIO
- Artículo 7. Organos
- Artículo 8. Principios generales: Integración - Plazos - Incompatibilidades
- Artículo 9. La asamblea de profesionales - Integración y atribuciones
- Artículo 10. Funcionamiento
- Artículo 11. Asamblea Ordinaria
- Artículo 12. Asamblea Extraordinaria
- Artículo 13. Convocatoria
- Artículo 14. Celebración, quórum, mayorías y derecho a voto
- Artículo 15. Atribuciones especiales de la asamblea ordinaria
- Artículo 16. El consejo directivo
- Artículo 17. Miembros - Plazos
- Artículo 18. Remoción de los miembros
- Artículo 19. Deberes y atribuciones
- Artículo 20. Vacantes
- Artículo 21. Responsabilidad
- Artículo 22. Comisión Fiscalizadora
- Artículo 23. Miembros - Plazos
- Artículo 24. Deberes y atribuciones
- Artículo 25. Tribunal de Etica Profesional - Régimen disciplinario
- Artículo 26. Sede - Mandato
- Artículo 27. Condiciones
- Artículo 28. Competencia: Corresponde al Tribunal
- Artículo 29. Recusación y excusación
- Artículo 30. Procedimiento - Registro de Resoluciones
- Artículo 31. Sanciones
- CAPITULO V SISTEMA ELECTORAL
- Artículo 32. Sistema electoral
- CAPITULO VI RECURSOS PROCESALES
- Artículo 33. Recurribilidad - Principio general
- Artículo 34. Recursos contra las resoluciones del Tribunal de Etica
- CAPITULO VII DE LOS RECURSOS ECONOMICOS FINANCIEROS COLEGIALES
- Artículo 35. Integración
- Artículo 36. Administración y fiscalización de recursos
- CAPITULO VIII DEL EJERCICIO PROFESIONAL EN TURISMO
- Artículo 37. Concepto
- Artículo 38. Matriculación previa
- Artículo 39. Profesionales comprendidos
- Artículo 40. Títulos habilitantes para el ejercicio profesional en turismo
- CAPITULO IX DE LA MATRÍCULA
- Artículo 41. Requisitos
- Artículo 42. Trámite de inscripción
- Artículo 43. Juramento
- Artículo 44. Cancelación de la matrícula
- Artículo 45. Suspensión de la matrícula
- Artículo 46. Rematriculación
- CAPITULO X DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LSO MATRICULADOS EN EL COLEGIO DE PROFESIONALES EN TURISMO
- Artículo 47. Obligaciones de los matriculados
- Artículo 48. Derechos de los matriculados
- Artículo 49. Prohibiciones de los matriculados
- Artículo 50. Incompatibilidades - Inhabilidades de los matriculados
- CAPITULO XI DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Artículo 51. A los fines de la puesta en funcionamiento del colegio, los miembros de la...
Otras regulaciones
Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar donaciones de inmuebles de la Municipalidad de Concepción del Uruguay Establecen límites jurisdiccionales de la Comuna de Arroyo Barú, Distrito 4to. del Departamento Colón Declaración de Patrimonio Histórico Arquitectónico de la Provincia al edificio el cual se encuentra la Casa del Partido Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo Establecen límites jurisdiccionales de la Comuna Eigenfeld Merou, Distrito Espinillo del Departamento ParanáMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Expropiación de Inmueble para la construcción de obras básicas y pavimento,obras complementarias y eventual ampliación de la Ruta Provincial Nro. 219 Provincia de Misiones Ajústase parcialmente el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) existentes Provincia del Chubut Creación del Consejo Provincial de Alimentos Provincia del Chubut Código Procesal Penal Misiones Artículo 337. Efectividad de la Caución Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 691. PROCEDIMIENTOPublique la información de sí mismo
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