Creación del Tribunal de Casación Penal (Creación del Tribunal de Casación Penal) Provincia de Buenos Aires
Creación del Tribunal de Casación Penal Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Créase en la órbita del Poder Judicial, el Tribunal de Casación Penal de la...
- Artículo 2. El Tribunal de Casación Penal estará integrado y funcionará con una...
- Artículo 3. Para ser juez del Tribunal de Casación Penal se requieren las mismas...
- Artículo 4. La presidencia y una de las salas aludidas, comenzarán a funcionar el día 1...
- Artículo 5. Derógase el art. 539 del Código Procesal Penal (ley 11.922). Las...
- Artículo 6. El Tribunal de Casación Penal dictará su reglamento interno, mediante el...
- Artículo 7. El presidente del Tribunal de Casación Penal reemplazará a los presidentes...
- Artículo 8. Las actuaciones que deban ser sometidas a la competencia de cada una de las...
- Artículo 9. La presidencia y las salas funcionarán con un secretario cada una, que se...
- Artículo 10. El Ministerio Público estará representado ante el Tribunal de Casación Penal...
- Artículo 11. La Fiscalía y la Defensoría de Casación comenzarán a funcionar el 1 de...
- Artículo 12. El Tribunal deberá celebrar acuerdo los días que el mismo o en su defecto la...
- Artículo 13. Los secretarios de las salas del Tribunal de Casación deberán labrar acta de...
- Artículo 14. El acta a que se refiere el artículo anterior, será labrada en un libro que...
- Artículo 15. Incorpórase a la planilla anexa de la ley 10.374, el nivel 23, que...
- Artículo 16. La presente ley se incorporará como anexo formando parte de la ley 5.827...
- Artículo 17. Comuníquese, etc.
Otras regulaciones
Regimen juridico basico e integral para las personas discapacitadas Diploma de Honor al Valor Post Mortem, al combatiente héroe de Malvinas Miguel Ángel Soriano Leyenda obligatoria la inclusión en anexo a las facturas del servicio público de energía eléctrica e impuestos provinciales Régimen de regularización de deudas como medida extraordinaria y especial a través del Instituto de Previsión Social en el marco de la situación sanitaria Proyecto de UrbanizaciónMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Misiones Artículo 224. Juramento o Promesa de Testigos, Peritos e Intérpretes Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 427. EFECTOS DE LA CONFESION EXPRESA Constitución Misiones Artículo 81. Código Procesal de Familia Río Negro Artículo 211. Recursos Promoción de la Formación y del Desarrollo de la Enfermería Nacional Artículo 28.Publique la información de sí mismo
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