Obligacion de la corte suprema de justicia de la nacion y tribunales de segunda instancia de publicar en forma integra acordadas y resoluciones (Corte Suprema de Justicia de la Nación y Tribunales de Segunda Instancia) Nacional
Obligacion de la corte suprema de justicia de la nacion y tribunales de segunda instancia de publicar en forma integra acordadas y resoluciones Nacional
- Artículo 1. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, la Corte Suprema de...
- Artículo 2. La Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores...
- Artículo 3. Las publicaciones precedentemente dispuestas se realizarán a través de un...
- Artículo 4. Las cuestiones a dirimir en los acuerdos y reuniones que lleve a cabo la...
- Artículo 5. Los gastos requeridos para la ejecución de esta ley serán atendidos con...
- Artículo 6. Esta ley entrará en vigencia el día de su publicación oficial.
- Artículo 7. Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que dicten...
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES...
Otras regulaciones
Identificación, registro y clasificación del potencial humano nacional Régimen de Subrogancias Declaración de monumento histórico nacional al edificio donde funciona la Escuela Normal Doctor Juan Gregorio Pujol Creación del sistema federal de la vivienda Créase el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o DegradantesMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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