Constitución Artículo 96 Provincia del Chubut
Constitución Chubut
Artículo 96. NULIDAD DE ENAJENACIONES
Es nula toda enajenación de bienes de la Provincia o de los municipios que no se efectúa mediante oferta pública, salvo las excepciones que establece la ley.
Provincia del Chubut Artículo 96 Constitución
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Chubut Artículo 353. Procedimiento posterior Usuario Bayca Adm Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 117. Exhortos con tribunales extranjeros Constitución Entre Ríos Artículo 183. Código Fiscal Neuquén Artículo 189. Ingresos brutos devengadosPublique la información de sí mismo
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