Constitución Artículo 242 Provincia del Chubut
Constitución Chubut
Artículo 242. DERECHOS POLITICOS
Son electores los ciudadanos del Municipio que están inscriptos en el padrón electoral y los extranjeros que lo están en el registro municipal. A estos últimos se les exige la edad que determine la ley, que sepan leer y escribir en idioma nacional, ejerzan actividad lícita, tengan tres años de residencia inmediata en el Municipio y acrediten, además, alguna de éstas condiciones: 1. Ser contribuyente. 2. Tener cónyuge o hijos argentinos. 3. Ocupar cargo directivo en asociación reconcida. Pueden ocupar cargos electivos los ciudadanos mayores de edad que sepan leer y escribir en idioma nacional, sean vecinos del Muncipio con dos años de residencia inmediata en él y también paguen impuestos o ejerzan alguna actividad lícita. Para las elecciones municipales se confecciona un padrón suple mentario de extranjeros. Estos, además, deben estar inscriptos en el Registro especial a que se refiere este artículo y tener por lo menos, una residencia inmediata de cinco años.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Fiscal Neuquén Artículo 297. Ley de Ministerios Chubut Artículo 34. Regimen para el desarrollo de la tecnologia, produccion, uso y aplicaciones del hidrogeno como combustible y vector de energia Nacional Artículo 6. Crea Comisión Especial Investigadora por la Memoria, Verdad y Justicia Provincia de Río Negro Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 742. Rendición de CuentasPublique la información de sí mismo
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