Comisión Provincial del Patrimonio Cultural (Comisión Provincial del Patrimonio Cultural) Provincia de Buenos Aires
Comisión Provincial del Patrimonio Cultural Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Créase la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de la Provincia de...
- Artículo 2. La Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos...
- Artículo 3. La Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos...
- Artículo 4. La Dirección General de Escuelas y Cultura designará el lugar donde...
- Artículo 5. La declaración como bien perteneciente al Patrimonio Cultural podrá ser...
- Artículo 6. Las declaraciones provisorias o definitivas de pertenecencia al Patrimonio...
- Artículo 7. Compete a la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural, con relación a los...
- Artículo 8. Son atribuciones de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural, a los...
- Artículo 9. Las personas físicas o ideales que infrinjan la presente Ley mediante...
- Artículo 10. Los bienes muebles o inmuebles, sean éstos últimos sitios, lugares o...
- Artículo 11. Ningún bien mueble público provincial o municipal, declarado provisoria o...
- Artículo 12. Los bienes muebles o inmuebles privados, sean éstos últimos sitios, lugares...
- Artículo 13. En el supuesto que la conservación y/o preservación del bien implicase...
- Artículo 14. El titular del bien declarado provisoria o definitivamente como patrimonio...
- Artículo 15. Ningún bien mueble privado declarado provisoria o definitivamente como...
- Artículo 16. Todo permiso de obra o proyecto que afecte bienes públicos provinciales o...
- Artículo 17. Todo permiso de obra en el que tenga intervención la Comisión Provincial del...
- Artículo 18. La presente Ley será reglamentada dentro de los noventa (90) días de su...
- Artículo 19. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Transferencia gratuita de inmuebles a la Universidad Nacional de Mar del Plata Día Provincial del Joven Empresario Declaran personalidad destacada de la cultura post-mortem al Arquitecto e Ingeniero Francisco Salamone Declaran Ciudadano Ilustre post-mortem al artista plástico Juan Carlos Romero Declaración de Personalidad Destacada a la ciudadana Sra. Susana TrimarcoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Violencia de género en el sector público. Licencias especiales Provincia de Entre Ríos Código de Faltas municipales Buenos Aires Artículo 6. Código Procesal Penal Misiones Artículo 526. Colocación de Menores Se crea el Cuerpo de Guardaparques de la Provincia de Entre Ríos y su régimen orgánico Entre Ríos Artículo 7. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 472. Efecto suspensivoPublique la información de sí mismo
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