Código Procesal penal Artículo 16 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 16. Ejercicio por el Defensor Oficial
La acción civil es ejercida por el Defensor Oficial, con las mismas atribuciones que un representante legal o convencional:
a) cuando el titular de aquélla es incapaz de hacer valer sus derechos y no tiene quien lo represente, sin perjuicio de la intervención del Ministerio de Menores;
b) cuando, ante el Juez, el titular expresamente delega su ejercicio.
Provincia de Misiones Artículo 16 Código Procesal penal
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Misiones Artículo 103. Oposición Código Procesal Laboral Entre Ríos Artículo 10. Constitución Neuquén Artículo 73. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 227. Orden de presentación Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 453. FALSO TESTIMONIO U OTRO DELITOPublique la información de sí mismo
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