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Código Procesal Penal Artículo 25 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Código Procesal Penal Buenos Aires
Artículo 25. Juez de Ejecución

El Juez de Ejecución conocerá:

1.- En las cuestiones relativas a la ejecución de la pena;

2.- En la solicitud de libertad condicional;

3.- En las cuestiones referidas a la observancia de todas las garantías incluidas en las Constituciones de la Nación y de la Provincia y en los Tratados Internacionales con relación al trato a brindarse a las personas privadas de su libertad, sean imputadas, procesadas o condenadas.

4.- En los incidentes y cuestiones suscitadas en la etapa de ejecución.

5.- En los recursos contra las sanciones disciplinarias.

6.- En las medidas de seguridad aplicadas a mayores de 18 años de edad.

7.- En el tratamiento de liberados en coordinación con el Patronato de Liberados y demás entidades afines.

8.- En la extinción o modificación de la pena, con motivo de la vigencia de una ley penal más benigna.

9.- En la determinación de condiciones para la prisión domiciliaria.

10.- En la reeducación de los internos, fomentando el contacto del penado con sus familiares, y dando participación a entidades públicas y privadas que puedan influir favorablemente en la prosecución de tal fin; propendiendo a la personalización del tratamiento del interno mitigando los efectos negativos del encarcelamiento.



Provincia de Buenos Aires Artículo 25 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...23 bis 24 25 25 bis 26 ...542

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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