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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 390 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial Santa Fe
Artículo 390.

El juicio ordinario podrá prepararse pidiendo el que pretenda demandar:

1ro. Que la persona contra quien haya de dirigirse la demanda absuelva posiciones sobre hechos relativos a su personería o acerca del carácter en cuya virtud ocupa la cosa objeto de la acción y cuyo conocimiento sea necesario para el ejercicio de la misma;

2do. Que reconozca cualquier documento privado, necesario para entablar la demanda;

3ro. Que se exhiba la cosa mueble que haya de ser objeto del pleito y se deposite a la orden del juez, en poder del mismo tenedor o de un tercero;

4to. Que se exhiba algún testamento u otro documento cualquiera que sea menester para entablar la demanda;

5to. Que se practique mensura del inmueble que haya de ser objeto de la demanda;

6to. Que se haga nombramiento de tutores o curadores.



Provincia de Santa Fe Artículo 390 Código Procesal Civil y Comercial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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