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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 442 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial Salta
Artículo 442. Forma del exame

Los testigos serán libremente interrogados por el secretario o por quien lo reemplace legalmente, acerca de lo que supiere sobre los hechos controvertidos, respetando la sustancia de los interrogatorios propuestos.

La parte contraria a la que ofreció el testigo, podrá solicitar que se formulen las preguntas que sean pertinente, aunque no tengan estricta relación con las indicadas por quien lo propuso.

Se podrá prescindir de continuar interrogando al testigo cuando las preguntas que se propongan o las respuestas dadas, demuestren que es ineficaz proseguir la declaración.

A la forma y desarrollo del acto se aplicará, en lo pertinente, lo dispuesto por el artículo 416 y 411, párrafo 3.

Provincia de Salta Artículo 442 Código Procesal Civil y Comercial
Artículo 1 ...440 441 442 443 444 ...831

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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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