Código Procesal Civil y Comercial Artículo 11 Provincia de Salta
Código Procesal Civil y Comercial Salta
Artículo 11. Trámite de la inhibitoria ante el tribunal superio
Dentro de los cinco días de recibidas las actuaciones de ambos jueces, el tribunal superior resolverá la contienda sin más sustanciación y las devolverá al que declare competente, informado al otro por oficio o exhorto.Si el juez que requirió la inhibitoria no remitiere las actuaciones dentro de una plazo prudencial a juicio del tribunal superior, éste le requerirá las actuaciones para que lo haga en un plazo de diez a quince días seggun la distancia. La parte interesada deberá proveer dentro del tercer día de la notificación, los medios adecuados para la elevación del expediente, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de su pretensión.
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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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