Código Procesal Civil y Comercial Artículo 462 Provincia del Chubut
Código Procesal Civil y Comercial Chubut
Artículo 462. PERITOS. CONSULTORES TECNICOS
La prueba pericial estará a cargo de un perito único designado de oficio por el juez, salvo cuando una ley especial establezca un régimen distinto.
En los procesos de declaración de incapacidad y de inhabilitación, se estará a lo dispuesto en el artículo 634, inciso 3).
En el juicio por nulidad de testamento, el juez podrá nombrar de oficio TRES (3) peritos cuando por la importancia y complejidad del asunto lo considere conveniente.
Si los peritos fuesen TRES (3), el juez les impartirá las directivas sobre el modo de proceder para realizar las operaciones tendientes a la producción y presentación del dictamen.
Cada parte tiene la facultad de designar UN (1) consultor técnico
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 700. CONDENA DE FUTURO Adhesión provincial a la Ley Nacional N°27.279, Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios Provincia del Chubut Marco regulatorio de la actividad de los agentes sanitarios Provincia del Neuquén Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 494. ABSOLUCION DE POSICIONES Código de Faltas municipales Buenos Aires Artículo 25.Publique la información de sí mismo
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