Código Procesal Civil y Comercial Artículo 434 Provincia del Chubut
Código Procesal Civil y Comercial Chubut
Artículo 434. NUMERO DE TESTIGOS
Los testigos no podrán exceder de OCHO (8) por cada parte. Si se hubiere propuesto mayor número, se citará a los OCHO (8) primeros, y luego de examinados, el juez, de oficio o a petición de parte, podrán disponer la recepción de otros testimonios entre los propuestos, si fueren estrictamente necesarios y, en su caso, ejercer la facultad que le otorga el artículo 456.
Provincia del Chubut Artículo 434 Código Procesal Civil y Comercial
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Se crea el Cuerpo de Guardaparques de la Provincia de Entre Ríos y su régimen orgánico Entre Ríos Artículo 20. Ley Orgánica de Ministerio Neuquén Artículo 10. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 178. Informe de antecedentes Constitución Neuquén Artículo 100. Caducidad de contratos Derecho al acceso, deambulación y permanencia a lugares públicos y privados de acceso público y a los servicios de transporte público, en sus diversas modalidades, de toda persona con discapacidad, ac...Publique la información de sí mismo
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