Código Procesal Civil y Comercial Artículo 443 Provincia del Chaco
Código Procesal Civil y Comercial Chaco
Artículo 443. Regla general
Antes de realizar extrajudicialmente la actividad pericial con anticipación a las postulaciones, ello se hará saber a las personas que se prevé serán parte o terceros interesados en el litigio a iniciarse, por medio fehaciente y con antelación no menor de diez (10) días al de la fecha prevista para la realización de la actividad:
1) En modo resumido, las circunstancias fácticas y jurídicas salientes de la pretensión o pretensiones que se articularán.
2) Los puntos de la pericia a realizarse, la incumbencia y demás datos personales del experto que llevará a cabo la actividad pericial, acreditando su habilitación al efecto. Debiendo hallarse inscripto en la lista formulada por el Poder Judicial.
3) Los tiempos, lugares y demás circunstancias cuyo conocimiento permita a dichas personas, si lo entienden necesario, concurrir a efectos de participar y controlar el desarrollo de la actividad pericial, ya sea personalmente o acompañadas o mediante la persona o personas que designen.
El perito que dictamine en este estadio procesal no será recusable.
Las personas indicadas en el primer párrafo del presente artículo podrán proponer puntos de pericia, sobre los cuales también versará la actividad pericial.
Provincia del Chaco Artículo 443 Código Procesal Civil y Comercial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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