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Código Fiscal Artículo 288 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/05/2024

Código Fiscal Salta
Artículo 288. Responsabilidad

Para el supuesto del tercer párrafo del artículo 27 del Código Fiscal, las oficinas y reparticiones de la Administración Pública gestionarán la reposición de los sellos en todos los asuntos que tramiten ante ellas, para lo cual deberán intimar a los responsables con indicación de la cantidad adeudada, la reposición dentro de los quince (15) días, bajo apercibimiento de aplicación de las sanciones correspondientes.

Vencido el término indicado sin haberse repuesto el sellado se dará intervención a la Dirección a los efectos de su cobro y de la aplicación de las penas si correspondieren en orden a lo previsto por el Título Octavo del Libro Primero de este Código.



Provincia de Salta Artículo 288 Código Fiscal
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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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