Código Fiscal Artículo 313 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 313.
El impuesto a los juegos de azar y promocionales establecido en el presente Título se abonará:
1) Al adquirir el público el instrumento que confiera participación en los hechos imponibles consignados en el artículo 309 de este Código Fiscal.
2) Al abonar los participantes las facturas telefónicas o por servicios de Internet.
3) Dentro de los quince (15) días del cierre de cada período mensual mientras dure la operatoria, mediante declaración jurada del organizador en los casos previstos en los incisos 1) y 2) de este artículo.
4) En los supuestos de facturaciones telefónicas o por servicios de Internet, el pago del impuesto deberá realizarse dentro de los treinta (30) días de los respectivos vencimientos mensuales, durante el período que dure la operatoria.
Provincia del Neuquén Artículo 313 Código Fiscal
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Creación del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y de Conjuntos Inmobiliarios Neuquén Artículo 12. Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 5. Uso de medios electrónicos para obtener información Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 247. EFECTO DIFERIDO Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 131. Notificación en la oficina Código Fiscal Neuquén Artículo 84. Intereses resarcitorios y punitoriosPublique la información de sí mismo
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