Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 45 Provincia de Río Negro
Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 45. Padrón definitivo
Dentro de los tres (3) días de recibido el último reclamo, el Tribunal resolverá procediendo a la impresión del padrón definitivo en el mismo término. Los padrones definitivos serán remitidos a las Juntas, abriéndose un período de cinco (5) días para las observaciones. Estas deberán presentarse ante las Juntas y su corrección final se hará en los ejemplares del Tribunal y en los que se remiten a aquéllas y a los presidentes de comicios.
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Fiscal Entre Ríos Artículo 178. Constitución Buenos Aires Artículo 99. Código Fiscal Neuquén Artículo 243. Obligaciones negociables y otros títulos de deuda Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos Artículo 76. Habrá en la Provincia los siguientes juzgados de paz Constitución Chubut Artículo 3. LIMITES Y DIVISION POLITICAPublique la información de sí mismo
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