Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 21 Provincia de Río Negro
Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 21. Series
Las series del Registro Electoral coincidirán con las del Registro Electoral Nacional, constituyendo cada serie una mesa, las que serán numeradas por orden correlativo.
Provincia de Río Negro Artículo 21 Código Electoral y de Partidos Políticos
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 457. Inhabilitación accesoria Código Fiscal Entre Ríos Artículo 238. Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 209. Procedencia Código Fiscal Buenos Aires Artículo 146. Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 449. Trámite de los incidentes. RecursoPublique la información de sí mismo
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