Código de Procedimientos Mineros Artículo 59 Provincia del Neuquén
Código de Procedimientos Mineros Neuquén
Artículo 59. Requisitos para Inscribirse en el Registro
Los interesados, deberán presentar una solicitud - en papel corriente - de actuación judicial y acreditar los siguientes extremos:
a) Mayoría de edad.
b) Domicilio legal.
c) Buena conducta, con certificado expedido por la Autoridad Policial.
d) Justificar su identidad con Libreta Cívica o de Enrolamiento.
e) Acompañar dos (2) fotografías tipo carnet.
f) Constituir fianza personal o real suficiente, a juicio de la Autoridad Minera.
La fianza tendrá una duración de cinco (5) años y garantizará la responsabilidad del apoderado para con sus mandantes, por faltas, omisiones o delitos cometidos en el desempeño del mandato, no siendo embargable por otra causa - ni cancelable - hasta transcurrido un (1) año de la cesación de la inscripción en el registro.
Provincia del Neuquén Artículo 59 Código de Procedimientos Mineros
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Ley Arancelaria que regula el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores Buenos Aires Artículo 3. Código Procesal Laboral Entre Ríos Artículo 63. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 90. Número de defensores Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 576. POSTURAS BAJO SOBRE Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 539.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios