Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 292 Provincia del Neuquén
Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 292. Excarcelación. Oportunidad
La excarcelación será acordada en cualquier estado del proceso, de oficio o a pedido del imputado o su defensor.Cuando el pedido fuere formulando sin haberse dictado auto de procesamiento, el Juez calificará provisionalmente el hecho que se atribuya o parezca cometido, sin perjuicio de revocar o modificar su decisión al resolver la situación del imputado; si se hubiere dictado dicho auto, atenderá a la calificación conferida en el mismo.
Provincia del Neuquén Artículo 292 Código Procesal Penal
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Concédese la Cruz de La Nación Argentina al Valor en Combate a ciudadanos argentinos por sus relevantes méritos, valor y heroísmo en defensa de la soberanía de la Patria durante la Guerra del Atlántic... Monumentos, Lugares y Patrimonio Histórico Provincial Río Negro Artículo 5. Código Procesal Penal Chubut Artículo 194. Declaración por escrito. Tratamiento especial Monumentos, Lugares y Patrimonio Histórico Provincial Río Negro Artículo 12. Constitución Chubut Artículo 27. DE LA NIÑEZPublique la información de sí mismo
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