Código Aeronáutico Artículo 2 Nacional
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024
Código Aeronáutico Nacional
Artículo 2.
Si una cuestión no estuviese prevista en este código, se resolverá por los principios generales del derecho aeronáutico y por los usos y costumbres de la actividad aérea; y si aún la solución fuese dudosa, por las leyes análogas o por los principios generales del derecho común, teniendo en consideración las circunstancias del caso.Las normas del libro 1 del Código Penal se aplicarán a las faltas y los delitos previstos en este código, en cuanto sean compatibles.
Nacional Artículo 2 Código Aeronáutico
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Los comentarios de los usuarios
Silvana Zelmanovich
01/06/21 13:49:58
compre pasaje a despegar en 12-19 por la aerolinea aeromexico. Ellos abrieron mi pasaje sin mi consentimiento y me exigen pagar 3 veces mas para cambiar fecha, No devuelven el dinero y solo me ofrecieron un voucher que no acepte de 1/3 del valor actural del pasaje y ni siquiera estan en argentina ni brasil que es donde yo tengo mi vuelo y tampoco viajan a españa que es mi destino. No concilie en el coprec por es una estafa
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