Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este (Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este) Provincia de Salta
Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Provincia de Salta
- Artículo 1. Denominación
- Artículo 2. Naturaleza
- Artículo 3. Autonomía. Forma de Gobierno
- Artículo 4. Límites
- Artículo 5. Emblemas. Días de Santa Victoria Este
- Artículo 6. Defensa del orden democrático
- Artículo 7. Organización Institucional. Integración regional
- Artículo 8. Competencias
- Artículo 9. Difusión. Enseñanza. Participación Vecinal
- Artículo 10. Jerarquía Normativa. Marco Constitucional. Ámbito de Aplicació
- Artículo 11. Municipio Sustentable y Saludable
- Artículo 12. Soberanía
- Artículo 13. Derechos y Deberes
- Artículo 14. Publicidad de los Actos de Gobierno. Boletín Oficial Municipal
- Artículo 15. Juramento
- Artículo 16. Subvenciones. Obsequios
- Artículo 17. Autofinanciamiento
- Artículo 18. Reivindicación Participativa
- Artículo 19. Gobierno Municipal. División de Poderes. Lucha contra la Corrupció
- Artículo 20. Inmunidad. Incompatibilidad
- Artículo 21. El Municipio Santa Victoria Este, tiene los siguientes fines: 1)...
- Artículo 22. Competencias del Gobierno Municipal
- Artículo 23. Integración. Elegibilidad. Período. Reelección. Remuneració
- Artículo 24. Incompatibilidades. Inhabilidades
- Artículo 25. Sesiones. Publicidad. Quórum. Ausencia
- Artículo 26. Reemplazos. Renuncia
- Artículo 27. Disposiciones
- Artículo 28. Iniciativa Legislativa
- Artículo 29. Veto
- Artículo 30. Deberes y Atribuciones
- Artículo 31. Elegibilidad. Inhabilidades. Incompatibilidades. Duració
- Artículo 32. La remuneración del Intendente será fijada por Ordenanza del Concejo...
- Artículo 33. Ausencia
- Artículo 34. Intervención. Destitución. Juicio Político
- Artículo 35. Deberes y Atribuciones
- Artículo 36. Secretarías
- Artículo 37. Incompatibilidades e Inhabilidades. Asistencia al Concejo Deliberante
- Artículo 38. Patrimonio Municipal
- Artículo 39. ienes de interés público
- Artículo 40. Recursos municipales
- Artículo 41. Creación. Funciones
- Artículo 42. Integración, características y reglamentació
- Artículo 43. Requisitos. Inhabilidades. Incompatibilidades. Duración. Remuneración. Remoció
- Artículo 44. Competencia
- Artículo 45. Atribuciones. Deberes
- Artículo 46. Normas Aplicables
- Artículo 47. Integración. Reglamentació
- Artículo 48. Sindicatura. Síndico. Designación. Duración. Remoción. Requisitos
- Artículo 49. A iniciativa exclusiva del Departamento Ejecutivo, por Ordenanza se podrán...
- Artículo 50. Administración Pública Municipal. Principios
- Artículo 51. Carrera Administrativa. Asociaciones Sindicales. Inhabilidades
- Artículo 52. Ingreso. Estabilidad
- Artículo 53. Municipalidad. Responsabilidad. Citación a Juicio
- Artículo 54. Misiones y Funciones
- Artículo 55. Sistema Tributario
- Artículo 56. Ejercicio fiscal
- Artículo 57. Presupuesto
- Artículo 58. Contenido
- Artículo 59. Hasta el día 30 de noviembre de cada año o treinta (30) días después de...
- Artículo 60. Gastos Reservados
- Artículo 61. Informe
- Artículo 62. Régimen de contabilidad pública municipal
- Artículo 63. Ordenanza de Contabilidad
- Artículo 64. Cuenta General del Ejercicio. Presentació
- Artículo 65. Empréstitos
- Artículo 66. Fondos fiduciarios
- Artículo 67. Se faculta la creación de un Fondo de Protección Ambiental que tendrá una...
- Artículo 68. Fondo Asistencial
- Artículo 69. anco Municipal
- Artículo 70. Obras y servicios públicos
- Artículo 71. Servicios públicos
- Artículo 72. Formas de prestación de los servicios públicos
- Artículo 73. Concesión de servicios públicos
- Artículo 74. Régimen de contrataciones
- Artículo 75. La Constitución Provincial y las leyes electorales respectivas regulan la...
- Artículo 76. Ausencia. Acefalía
- Artículo 77. Control social. Sujetos de derecho. Alcances
- Artículo 78. Institutos
- Artículo 79. Consulta popula
- Artículo 80. Audiencia pública
- Artículo 81. anca del ciudadano
- Artículo 82. Centros Vecinales
- Artículo 83. Consejo Vecinal
- Artículo 84. El Municipio, en reconocimiento de la preexistencia de los Pueblos...
- Artículo 85. Principios rectores
- Artículo 86. La política social es un instrumento que utilizan los gobiernos para regular...
- Artículo 87. Garantía de Acceso a Servicios Públicos. Acción Social
- Artículo 88. Familia. Igualdad de género
- Artículo 89. Niñez y adolescencia
- Artículo 90. Personas con discapacidad
- Artículo 91. Juventud
- Artículo 92. Consejo Juvenil
- Artículo 93. Tercera Edad. Consejo Municipal de la Tercera Edad
- Artículo 94. Prevención y asistencia a víctimas de violencia familiar y de género
- Artículo 95. Mediación Comunitaria
- Artículo 96. Municipio saludable
- Artículo 97. Salud mental y adicciones
- Artículo 98. Promoción y acceso a la educació
- Artículo 99. Educación no Formal Escuela Intercultural Bilingüe
- Artículo 100. Cultura
- Artículo 101. Política deportiva. Escuela deportiva
- Artículo 102. Desarrollo económico local
- Artículo 103. Lineamientos de la Política de Desarrollo Local
- Artículo 104. Mesa de Desarrollo Local
- Artículo 105. Desarrollo productivo
- Artículo 106. Materia Prima y Proveedores Locales
- Artículo 107. Economía social. Fondo de Desarrollo Productivo
- Artículo 108. Ferias Municipales
- Artículo 109. Asociativismo
- Artículo 110. Ciencia y tecnología
- Artículo 111. Turismo y políticas de desarrollo turístico
- Artículo 112. Desarrollo Regional. Finalidad y acciones
- Artículo 113. Promoción del Desarrollo Rural
- Artículo 114. Políticas de promoción del empleo
- Artículo 115. Seguridad alimentaria
- Artículo 116. Protección de consumidores y usuarios
- Artículo 117. Control Higiénico, Sanitario y Bromatológico
- Artículo 119. Seguridad pública y ciudadana
- Artículo 120. Seguridad vial
- Artículo 121. Convenios interjurisdiccionales
- Artículo 122. Defensa civil
- Artículo 123. omberos Voluntarios
- Artículo 124. Derechos. Deberes
- Artículo 125. Patrimonio natural
- Artículo 126. Reservas Naturales y Áreas Protegidas
- Artículo 127. Agua
- Artículo 128. Tierra
- Artículo 129. La Flora
- Artículo 130. La Fauna
- Artículo 131. Política ambiental
- Artículo 132. Impacto de las Actividades Públicas y Privadas
- Artículo 133. Control de la Contaminación. Educación Ambiental
- Artículo 134. Contaminación Visual y Protección del paisaje y espacios verdes
- Artículo 135. Gestión ambiental
- Artículo 136. Planificación y Ordenamiento Territorial
- Artículo 137. Usos del suelo
- Artículo 138. Residuos sólidos urbanos
- Artículo 139. Agrotóxicos
- Artículo 140. Energías Renovables
- Artículo 141. Prohibiciones
- Artículo 142. La Carta Orgánica Municipal podrá reformarse en todas o cualquiera de sus...
Otras regulaciones
Quioscos Escolares Saludables Instituye la Semana de la Tiroides del 25 al 31 de mayo de cada año en todo el territorio Eximición de todos los impuestos provinciales existentes y a crearse en el futuro al Fondo Fiduciario Público denominado Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata Establece régimen general para la constitución de redes urbanas o mancomunidades o áreas metropolitanas dentro del territorio Se incorpora al Calendario Escolar la conmemoración del Combate de Las Piedras, acontecimiento ocurrido el 3 de septiembre de 1812Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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