Capacitación obligatoria, periódica y permanente en la Cuestión de las Islas Malvinas (Capacitación obligatoria, periódica y permanente en la Cuestión de las Islas Malvinas) Nacional
Capacitación obligatoria, periódica y permanente en la Cuestión de las Islas Malvinas Nacional
- Artículo 1. Establécese la capacitación obligatoria, periódica y permanente en la...
- Artículo 2. A los fines de la presente ley se entiende como la Cuestión de las Islas...
- Artículo 3. La capacitación de las máximas autoridades de los poderes Ejecutivo,...
- Artículo 4. La autoridad de aplicación deberá establecer, dentro de los noventa (90)...
- Artículo 5. La autoridad de aplicación deberá garantizar, en el marco del proceso de...
- Artículo 6. Los lineamientos generales deberán contemplar, como mínimo, información...
- Artículo 7. Las personas referidas en el artículo 1°, deben realizar las...
- Artículo 8. Las máximas autoridades de los organismos dependientes de los poderes...
- Artículo 9. La autoridad de aplicación certificará la calidad de las capacitaciones que...
- Artículo 10. La autoridad de aplicación, en su página web, deberá brindar acceso público...
- Artículo 11. Los gastos que demande la presente ley se tomarán de los créditos que...
- Artículo 12. El Poder Ejecutivo nacional designará la autoridad de aplicación de la...
- Artículo 13. Invítese a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a...
- Artículo 14. Invítese al sector privado a adherirse a lo determinado en la presente ley...
- Artículo 15. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
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GONZALO GABRIEL GODAS
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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