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Beneficios Promocionales a los Partidos de Villarino, Puán y Tornquist Artículo 2 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/05/2024

Beneficios Promocionales a los Partidos de Villarino, Puán y Tornquist Buenos Aires
Artículo 2.

Acuérdense al ámbito de aplicación definido en el artículo 1º los siguientes beneficios promocionales para las actividades productivas del sector agropecuario, el comercio, la industria y los servicios, sin perjuicio de loestablecido por otras normas, los que mantendrán plena vigencia:

Zona A:

1. Exención del cincuenta (50%) por ciento del pago del Impuesto Inmobiliario urbano y rural.

2. Exención del cincuenta (50%) por ciento del pago del Impuesto sobre losIngresos Brutos.

3. Exención del cincuenta (50%) por ciento del pago delImpuesto de Sellos.

Zona B:

1. Exención de pago del Impuesto Inmobiliario urbano y rural.

2. Exención del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

3. Exención del pago del Impuesto de Sellos.

4. Exención del pago del Impuesto a los Automotores para medios de Transporte. Cuando las actividades productivas se desarrollaren en la zona regable de CORFORío Colorado, los beneficios establecidos se limitarán al cincuenta (50%) porciento de los importes correspondientes a los impuestos referidos.



Provincia de Buenos Aires Artículo 2 Beneficios Promocionales a los Partidos de Villarino, Puán y Tornquist
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No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos


La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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