Beneficios fiscales para inversiones de nuevos proyectos inmobiliarios y por la normalización de la tenencia de moneda (Beneficios fiscales para inversiones de nuevos proyectos inmobiliarios y por la normalización de la ) Provincia de Córdoba
Beneficios fiscales para inversiones de nuevos proyectos inmobiliarios y por la normalización de la tenencia de moneda Provincia de Córdoba
- Capítulo 1 Beneficios para Inversiones de Nuevos Proyectos Inmobiliarios
- Artículo 1. Exímese del Impuesto de Sellos a los actos, contratos o instrumentos que...
- Artículo 2. Establécese que los sujetos que efectúen la normalización de tenencia de...
- Artículo 3. A efectos de que proceda el beneficio dispuesto en el artículo 2º de la...
- Artículo 4. El beneficio de liberación de pago establecido en el artículo 2º de la...
- Artículo 5. Los sujetos a que hace referencia el artículo 2º de la presente Ley gozan de...
- Artículo 6. La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba y la Dirección de...
- Artículo 7. Cuando los sujetos mencionados en el artículo 2º de la presente Ley no...
- Capítulo 1 Beneficios para Inversiones de Nuevos Proyectos Inmobiliarios
- Artículo 8. Facúltase a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, o el...
- Artículo 9. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín...
- Artículo 10. Invítase a los municipios y comunas de la Provincia de Córdoba a dictar, en...
- Artículo 11. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
No, por los años que tiene puede iniciar la usucapion de 20 años. Comprobando la posecion con testigos mas impuestos pagos
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Código Fiscal Santiago del Estero Artículo 236. OBLIGACIONES ACCESORIAS Patrimonio de los partidos políticos. Fondo Partidario Permanente. Financiamiento privado y para las campañas electorales. Limitación de gastos. Control del financiamiento. Disposiciones complementari... Establécese la prioridad sanitaria del control y prevención de las enfermedades cardiovasculares en todo el territorio nacional Nacional Artículo 5.Publique la información de sí mismo
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