Autorízase al gobierno de la provincia a transferir a título de donación inmueble a favor de la Universidad Nacional (Autorízase al gobierno de la provincia a transferir a título de donación inmueble a favor de la Univ) Provincia de Entre Ríos
Autorízase al gobierno de la provincia a transferir a título de donación inmueble a favor de la Universidad Nacional Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Autorízase al Superior Gobierno de la provincia de Entre Ríos a transferir a...
- Artículo 2. Autorízase al Superior Gobierno de la provincia de Entre Ríos a transferir a...
- Artículo 3. Facultase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites...
- Artículo 4. Comuníquese, etcétera
Otras regulaciones
Empresas prestatarias de servicios Prohibición de la producción, comercialización o cesión gratuita de esfigmomanómetros de columna de mercurio Fomento de la actividad musical Prohibición de la prospección, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos Autorización al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por el Municipio de Chajarí de un determinado inmuebleMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 420. FORMA DEL ACTA Código Procesal Penal Río Negro Artículo 85. PRINCIPIOS GENERALES Creación del Programa Ser Jurado Provincia de Entre Ríos Código Procesal Penal Río Negro Artículo 251. EFECTOS Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 324. FormaPublique la información de sí mismo
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